La Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, es la que regula el control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor y establece que el error tolerado en los radares móviles es de 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h, o del 7% si se trata de velocidades iguales o superiores a los 100 km/h.