meta data de esta página
  •  

Diferencias

Muestra las diferencias entre dos versiones de la página.

Enlace a la vista de comparación

Ambos lados, revisión anteriorRevisión previa
Próxima revisiónAmbos lados, revisión siguiente
varios:reclamacion [2018/12/18 11:52] lcvarios:reclamacion [2018/12/18 11:55] lc
Línea 43: Línea 43:
 **Recordad:** **Recordad:**
  
-  - Según el Artículo 1967 del Código Civil, el plazo para que una deuda de suministro de energía o servicios de telecomunicaciones prescriba es de tres años+  -  Tomar todas las pruebas del acoso (grabar llamadasguardar mensajes recibidos, cartas, conseguir el testimonio de familiares, vecinos, compañeros de trabajo… afirmando que se le ha facilitado información personal…) y denunciar
   - No pagar a menos que realmente os veáis en juicio y os lo aconseje un buen abogado.    - No pagar a menos que realmente os veáis en juicio y os lo aconseje un buen abogado. 
   - Si la factura que remiten es de la propia empresa de cobros, decid que no, que queréis la deuda original firmada por la empresa original.   - Si la factura que remiten es de la propia empresa de cobros, decid que no, que queréis la deuda original firmada por la empresa original.